San Lorenzo de Almagro venció a DIM el pasado miércoles y ahora enfrentará al San Pablo de Brasil en los octavos de final de Copa Sudamericana para determinar quién será el que pase a los cuartos.
Pero mientras todo esto acontece, la Conmebol decidió sancionar a San Lorenzo de Almagro por diversos motivos, que decidieron explicar en un comunicado en donde enumeraron cada punto, las multas al Ciclón y las advertencias.
La sanción y multa de Conmebol a San Lorenzo
1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO SAN LORENZO DE ALMAGRO una MULTA de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 11.2 literales c (Violar las pautas mínimas de lo que se ha de considerar como un comportamiento aceptable en el ámbito del deporte y del fútbol organizado) f (Comportarse de manera tal, que el fútbol como deporte en general y la CONMEBOL en particular, pudieran verse desacreditados como consecuencia de ese comportamiento) y p (Cometer un acto de violencia o de agresión) del Código Disciplinario de la CONMEBOL, en concordancia con el artículo 8 del mismo cuerpo legal. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO SAN LORENZO DE ALMAGRO una MULTA de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 12.2 literal b) del Código Disciplinario de la CONMEBOL (El lanzamiento de objetos), en concordancia con el artículo 27 del mismo cuerpo legal. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO SAN LORENZO DE ALMAGRO una ADVERTENCIA por la infracción al
artículo 12.2 literal a) del Código Disciplinario de la CONMEBOL (La invasión o tentativa de invasión del terreno de juego) y a los artículos 4.5.1 (Requerimientos de espacios, instalaciones y construcciones) y 4.5.2 (Especificaciones de las posiciones de cámaras) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2023.
4º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO SAN LORENZO DE ALMAGRO que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
5º. NOTIFICAR y cumplido archivar.