viernes. 22.11.2024
San Lorenzo
San Lorenzo

San Lorenzo fue sancionado por Conmebol tras lo que fue el partido ante San Pablo en la Copa Sudamericana, hace ya dos semanas.

San Lorenzo fue sancionado por ocho mil dólares por infringir el artículo 12.2 inciso C del Código Disciplinario por el uso de “bengalas, fuegos artificiales o cualquier otro tipo de objeto pirotécnico”. Además fue sancionado Fabián García, ayudante de campo de Rubén Darío Insúa, con 5 mil dólares por romper el soporte de un micrófono ambiente.

El comunicado de Conmebol multando a San Lorenzo

19 IMPONER & CLUB ATLETICO SAN LORENZO DE ALMAGRO una multa de USD 8.000 (OCHO MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al articulo 12 2 iteral c) del Codigo Disciplinario de la CONMEBOL El monto de esta multa sera debitado automaticamente del monto a recibir por el CLUB ATLETICO SAN LORENZO DE ALMAGRO de la CONMEBOL en concepto de derechos de Television o Patrocinio
2° IMPONER al oficial RICARDO FABIAN GARCIA una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al articulo 11.2 iterales. c) f) ya) del Codigo Disciplinario de la CONMEBOL El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLETICO SAN LORENZO DE ALMAGRO de le CONMEBOL en concepto de derechos de Te evision o Patrocinio.
3° CONDENAR a oficial RICARDO FABIAN GARCIA al pago de USD 243.68 (DOSCIENTOS CUARENTA YOCHO DOLARES ESTADOUNIDENSES CON SESENTA YOCHO CENTAVOS) equivalentes al costo de reposición del soporte de micrófono dañado. Este monto sera debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLETICO SAN LORENZO DE ALMAGRO de la CONMEBOL en concepto: de derechos de Televisión o Patrocinio.
4° ADVERTIR expresamente a CLUB ATLETICO SAN LORENZO DE ALMAGRO ya ofical RICARDO FABIAN GARCIA que en caso de reiterarse cualquier infraco on a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traido causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art 27 del Codigo Disciplinario de la CONMEBOL y les consecuencias que del mismo se pudieran derivar
5. NOTIFICAR a CLUB ATLÉTICO SAN LORENZO DE ALMAGRO al oficial RICARDO FABIAN GARCÍA,
Contra el punto tercero de esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en e plazo de 7 (sete) das corridos contados desde el día siguiente a a notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Articulo 641 del Codigo Disciplinario de la CONMEBOL El recurso deberá cumplir con es formalidades exigides en el articulo 643 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL De conformidad con el Art. 644 de Codigo Disciplinario de la CONMEBOL la cuota de acelación de USD 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) na de ser aconada mediante transferencia bancaria.

Comunicado de Conmebol en sanción a San Lorenzo
Comunicado de Conmebol en sanción a San Lorenzo

La multa que recibió San Lorenzo de Conmebol
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